SUNAT emitió cronograma para la declaración del 2022 según el último dígito del RUC.
En el Perú, los trabajadores formales del sector privado están próximos a recibir el pago de sus utilidades, el cual equivale a un porcentaje de la renta neta obtenida por las empresas como resultado de su gestión. Pero, ¿cuándo es la fecha límite para cancelar dicha declaración?.
Según la norma, el pago de las utilidades deberá realizarse dentro de los 30 días de vencido el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta. Asimismo, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) publicó el cronograma de vencimiento para la declaración del 2022, que es entre el 24 de marzo y el 11 de abril de 2023.
Mientras que, para este año se estima que el pago debe darse entre el 24 de marzo y el 11 de mayo, según el último dígito del RUC. Las fechas máximas para el pago de las utilidades son las siguientes:
¿Quiénes recibirán el pago de utilidades?
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) precisa que el pago de utilidades lo reciben todos los trabajadores en planilla, nacionales o extranjeros, que al menos hayan laborado un día en el año contabilizado, es decir, en el año anterior.
En esa misma línea, están los trabajadores que tienen contratos a plazo indefinido, a plazo fijo, a tiempo parcial, con trabajo remoto o en teletrabajo, siempre y cuando pertenecen a compañías que generan rentas de tercera categoría y que tienen más de 20 empleados.
Sin embargo, no acceden a las utilidades aquellos locadores de servicios o personas que emiten recibos por honorarios, así como los del sector público, excepto los empleados que se desempeñan en empresas estatales que aplican al régimen de la actividad privada.
¿Cómo se calcula cuánto pagarán?
No hay una manera exacta para estimar el monto que te pagarán pues dependen del rubro en el que trabajes. Por ejemplo, los trabajadores de telecomunicaciones obtienen un 10% de las ganancias de su empresa y los de mineras un 8%.
De ese mismo modo, el 50% de las utilidades se calculan en función a los días que trabajaste sin falta y para la otra mitad se toma en cuenta tu remuneración. A continuación, el porcentaje de ganancias que deben repartir las empresas:
- Empresas agrarias: 5%
- Empresas de telecomunicaciones: 10%
- Empresas industriales: 10%
- Empresas mineras: 8%
- Empresas de comercio al por mayor y al por menor y Restaurantes: 8%
- Empresas que realizan otras actividades: 5%