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Estados Unidos anuncia nuevas medidas en el uso de refrigerantes

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El Gobierno Estadounidense buscaría acelerar la transición de las nuevas soluciones HVAC hacía tecnologías más sostenibles.

Estados Unidos adoptará nuevas medidas en el uso de sus refrigerantes. Las dos nuevas normas están relacionadas en que los nuevos aires acondicionados y bombas de calor deben limitarse a usar refrigerantes con un Potencial de Calentamiento Atmosférico (PCA) de 700, mientras que los nuevos sistemas de supermercados deberán utilizar refrigerantes con un PCA equivalente a 150.

La primera norma tendría como objetivo acelerar la transición de las nuevas soluciones HVAC hacia tecnologías más eficientes y amigables con el medio ambiente, y utilizar alternativas disponibles en lugar de los refrigerantes HFC.

Por su parte, la segunda acción buscaría formalizar la gestión y reutilización de los refrigerantes HFC existentes, no solo reduciendo las fugas de equipos sino también apoyando al sector de la industria estadounidense que se dedica al reciclaje y la recuperación de estas sustancias.

Ambas regulaciones están enmarcadas en la Ley de Innovación y Fabricación Americana (AIM), que quiere disminuir en un 85% el suministro de HFC para el año 2036.

Aires acondicionados y bombas de calor

En equipos de aire acondicionado y bombas de calor, el límite es de 700 PCA. Esto aplicará en la fabricación y comercialización de los equipos para uso residencial a partir del 1 de enero de 2025 con restricciones a la venta, distribución y exportación a partir del 1 de enero de 2028.

En lo que respecta a los HFC, el nuevo límite permitirá el uso de refrigerantes A2L como el R32, cuyo PCA equivale a 675, y la mezcla de refrigerante R454B cuyo PCA asciende a 466. Sin embargo, saca del juego la alternativa no inflamable R466A de Honeywell, debido a su PCA de 733.

Refrigeración de alimentos

La Agencia de Protección Ambiental propuso un límite de 150 GWP para la refrigeración de alimentos al por menor, con excepciones para unidades de condensación remotas y sistemas de supermercados con capacidades de carga de refrigerante superiores o iguales a 200 libras.

Asimismo, hay excepciones para algunos equipos de procesamiento y dispensación de alimentos refrigerados cubiertos por la norma UL 621 y para equipos con tamaños de carga superiores a 500 gramos, donde la Agencia no planteó un límite de PCA sino que ha prohibido el uso de ciertos refrigerantes.

Para unidades independientes, la fecha de cumplimiento es el 1 de enero de 2025; para unidades condensadoras remotas, el 1 de enero de 2026; y para los sistemas de supermercados, es el 1 de enero de 2027.

Fuente: ACR Latinoamerica

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