Ing. Cip. Alfredo Escárate Cobeñas. CIP 66645. Gerente general de Eselco Igs. Sac. Past presidet de Ashrae Chapter Perú
(Ponencia presentada en el Summit Climatización de Hospitales y Clínicas organizado por Expofrío en noviembre pasado).
1. Propósito
El propósito de esta norma es definir los requisitos de diseño del sistema de ventilación que proporcionan control ambiental en establecimientos de salud.
2. Alcance
Los requisitos de esta norma se aplican a las áreas de atención de pacientes, áreas de atención de residentes y áreas de apoyo relacionadas dentro de las instalaciones de atención médica. Se aplica a edificios nuevos, adiciones a edificios existentes y aquellas modificaciones a edificios existentes que se identifican dentro de esta norma. Considera los contaminantes químicos, físicos y biológicos que pueden afectar la prestación de atención médica a pacientes y residentes; la convalecencia de pacientes y residentes; y la seguridad de los pacientes, residentes, trabajadores de la salud y visitantes.
Esta norma establece los requisitos de diseño para la temperatura y la humedad. Establece los requisitos de diseño para el control de olores y asepsia. Establece los requisitos de diseño para las tasas de ventilación, incluido, entre otros, el aire exterior para las instalaciones de atención médica. Esta norma no establece requisitos integrales de diseño de confort térmico.
3. Definiciones
Distancia de absorción: la distancia aguas abajo de un humidificador requerida para que toda la humedad sea absorbida por la corriente de aire. adición: una extensión o aumento en el área de piso o la altura de un edificio, sistema de construcción o equipo.
Aislamiento de infecciones transmitidas por el aire (AII): el aislamiento de pacientes infectados con organismos propagados por núcleos de gotitas aerotransportadas de menos de 5 µm de diámetro. A los efectos de esta norma, la abreviatura “AII” se refiere a la sala que proporciona aislamiento. (Nota Informativa: Ver FGI [2018a,2018b, 2018c], CDC [2003] y CDC [2005] en el Apéndice Informativo E.)
Sala de aislamiento de infecciones transmitidas por el aire (AII): una sala que está diseñada de acuerdo con los requisitos de esta norma y que está destinada a proporcionar aislamiento de infecciones transmitidas por el aire.
Alteración: un cambio significativo en la función o el tamaño de un espacio, en el uso de sus sistemas o en el uso de su equipo, ya sea mediante reorganización, reemplazo o adición. La Rutina el mantenimiento y el servicio no constituirán una alteración.
Autoridad competente (AHJ): el agente o agencia responsable de hacer cumplir esta norma.
Velocidad media: el caudal volumétrico obtenido al dividir la cantidad de aire que sale de un dispositivo de distribución de aire por el área frontal nominal del dispositivo.
Edificio: una estructura que está total o parcialmente encerrada entre paredes exteriores y un techo, o dentro de paredes exteriores y medianeras y un techo, y que brinda refugio a personas, animales o bienes. En esta norma, un edificio es una estructura destinada a ser utilizada como hospital o centro de atención médica.
Sala de imágenes de Clase 1: radiografía de diagnóstico, fluoroscopia, mamografía, tomografía computarizada (TC), ultrasonido, imágenes por resonancia magnética (IRM), medicina nuclear y otras modalidades de imágenes, incluidos los servicios que utilizan la entrada por un orificio natural y no perforan ni penetran para tratar membranas protectoras naturales.
Sala de imágenes de clase 2: procedimientos diagnósticos y terapéuticos, como angiografía coronaria, neurológica o periférica, incluida la electrofisiología, el cateterismo cardíaco y la angiografía intervencionista y procedimientos similares.
Sala de imágenes de clase 3: procedimientos invasivos, incluida la colocación de stents cardíacos, implantación de dispositivos en una fluoroscopia invasiva y cualquier otro procedimiento de Clase 2 durante el cual el paciente requerirá monitoreo fisiológico y se anticipa que requerirá soporte vital activo.
Equipo: dispositivos para calefacción, ventilación y/o aire acondicionado, incluidos, entre otros, hornos, calderas, acondicionadores de aire, bombas de calor, enfriadores e intercambiadores de calor.
Accesorios esenciales: aquellos componentes de un sistema, necesarios para permitir el funcionamiento adecuado de ese sistema, que están razonablemente sujetos a fallas mecánicas (por ejemplo, bombas, ventiladores, compresores de aire de control). Los humidificadores, controles y tanques no están incluidos en esta definición.
4.1 Requisitos de cumplimiento
4.1.1 Edificios Nuevos. Los edificios nuevos deberán cumplir con las disposiciones de esta norma. 4.1.2 Edificios Existentes 4.1.2.1 Adiciones a Edificios Existentes. Las adiciones deberán cumplir con las disposiciones de esta norma. 4.1.2.2 Alteraciones a Edificios Existentes. Las partes de un sistema de calefacción, ventilación y aire acondicionado y otros sistemas y equipos que estén siendo alterados deben cumplir con los requisitos aplicables de esta norma.
4.1.2.2.1 Alteraciones de los sistemas de calefacción, ventilación y aire acondicionado. Las modificaciones a los sistemas mecánicos que atienden las necesidades de calefacción, refrigeración o ventilación del edificio deben cumplir con los requisitos de la Sección 6, “Sistemas y equipos”, aplicables a aquellas partes específicas del edificio y sus sistemas que se modifican. Cualquier equipo mecánico nuevo instalado junto con la alteración como reemplazo directo del equipo mecánico existente deberá cumplir con las disposiciones delas Secciones 6.2, 6.4, 6.5 y 6.6.
4.1.2.2.2 Alteraciones de Espacio. Las modificaciones a los espacios enumerados en las Tablas 7-1, 8-1, 8-2 y 9-1 deberán cumplir con los requisitos de las Secciones 6.7, 7, 8 y 9, aplicables a aquellas partes específicas del edificio y sus sistemas que están siendo alterados. Cualquier modificación del espacio existente para el cuidado de pacientes o residentes en un edificio que continuará tratando pacientes durante la construcción deberá cumplir con las Secciones5.4, 5.5, 10.1, 10.2.5.
4.2 Requisitos Administrativos
Los requisitos administrativos relacionados con los requisitos de permisos, la ejecución por parte de la autoridad competente (AHJ), las interpretaciones, las solicitudes de exención, los métodos de cálculo aprobados, los derechos de los métodos de cálculo aprobados y los derechos de apelación son especificados por la AHJ.
4.3 Documentos de cumplimiento
4.3.1 Generalidades. Los documentos de cumplimiento son aquellos planos, especificaciones, cálculos de ingeniería, diagramas, informes y otros datos que son aprobados como parte del permiso por la AHJ. Los documentos de cumplimiento incluirán todos los requisitos específicos relacionados con la construcción de la evaluación de riesgos de control de infecciones del propietario.
4.3.2 Detalles de Construcción. Los documentos de cumplimiento deberán contener todos los datos y características pertinentes del edificio, el equipo y los sistemas con suficiente detalle para permitir una determinación del cumplimiento por parte de la AHJ e indicar el cumplimiento con los requisitos de esta norma.
4.3.3 Información complementaria. La información complementaria necesaria para verificar el cumplimiento de esta norma, como cálculos, hojas de trabajo, formularios de cumplimiento, documentación del proveedor u otros datos, deberá estar disponible cuando lo requiera la AHJ.
4.4 Materiales, métodos de construcción o diseño alternativos
Las disposiciones de esta norma no pretenden impedir el uso de cualquier material, método de construcción, diseño o sistema deconstrucción que no se prescriba específicamente en el presente, siempre que dicha construcción, diseño o sistema de construcción haya sido aprobado por la autoridad competente para cumplir la intención de esta norma.
4.5 Anexos informativos
Los apéndices informativos de este estándar y las notas informativas ubicadas dentro de este estándar contienen recomendaciones, explicaciones y otra información no obligatoria y no forman parte de este estándar.
4.6 Rangos de Criterios
Este estándar a menudo especifica un rango de valores que cumplirán con un requisito específico del estándar. Si la AHJ lo permite, el cumplimiento de este requisito puede lograrse mediante la presentación de documentos de cumplimiento que demuestren la capacidad de un sistema para funcionar dentro del rango especificado.
4.7 Planificación del Espacio
En un edificio que contenga espacios programados para uso de pacientes hospitalizados, así como espacios programados para uso de pacientes ambulatorios, los espacios de atención de pacientes hospitalizados deberán estar diseñados únicamente para uso de pacientes hospitalizados y los espacios de atención de pacientes ambulatorios deberán estar diseñados únicamente para uso de pacientes ambulatorios. Los espacios individuales que tienen doble programación para uso de pacientes hospitalizados o ambulatorios deberán cumplir con los requisitos de diseño para el uso de pacientes hospitalizados del espacio.
5. Planificación
5.1. Generalidades. Los detalles de programación y planificación del espacio que afectan el diseño de HVAC se identificarán y abordarán en la fase de planificación del diseño. a. Las instalaciones sin quirófanos, que consisten en espacios diseñados únicamente para uso ambulatorio o residencial de salud, atención y apoyo, solo necesitan cumplir con las Secciones 5.2, 5.3 y 5.4.
5.2 Requisitos del propietario. Los propietarios/gerentes de los establecimientos de salud deberán hacer lo siguiente:
a. Programa espacial. Preparar un programa espacial, incluyendo el servicio clínico previsto en cada espacio y el equipamiento específico del usuario a utilizar. El programa deberá incluir nombres de espacios y referencias de numeración de párrafos de la versión aplicable de las Directrices FGI relevantes para cada espacio anotado dentro del programa (Nota informativa: consulte FGI [2018a, 2018b y 2018c] en el Apéndice informativo E). Especificar las necesidades de temperatura, humedad, filtración de aire, extracción localizada y general y control de presión que no están cubiertas o son diferentes a los requisitos de esta norma.
b. Organizaciones médicas/clínicas. Proporcionar requisitos médicos y clínicos específicos que sean diferentes a los requisitos de esta norma.
c. Plan Operativo de la Instalación. Proporcione un plan operativo en caso de un corte prolongado de energía o combustible. Ver Secciones6.1.2.1 y 6.1.2.2.
5.3 Planificación de servicios HVAC en una nueva instalación. Los documentos de diseño para una nueva construcción deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a. Equipamiento mecánico 1. Ubique las salas de máquinas para evitar la intrusión del personal de mantenimiento en las áreas quirúrgicas, de cuidados intensivos para pacientes u otras áreas sensibles para los pacientes o el personal médico. 2. Proporcione suficiente espacio para cumplir con el acceso mínimo requerido por los fabricantes de equipos HVAC para operación, mantenimiento y reemplazo.
5.3 Planificación de servicios HVAC en una nueva instalación
Los documentos de diseño para una nueva construcción deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a. Equipamiento mecánico.
-Ubique las salas de máquinas para evitar la intrusión del personal de mantenimiento en las áreas quirúrgicas, de cuidados intensivos para pacientes u otras áreas sensibles para los pacientes o el personal médico.
-Proporcione suficiente espacio para cumplir con el acceso mínimo requerido por los fabricantes de equipos HVAC para operación, mantenimiento y reemplazo.
-Proporcionar medios seguros y prácticos para acceder al equipo.
-Los pisos en las salas de máquinas deben estar sellados, incluido el sellado alrededor de todas las penetraciones, cuando estén por encima de salas quirúrgicas y espacios de cuidados intensivos.
b. Asignación de espacio para sistemas de distribución HVAC
-Sistemas de distribución HVAC. Coordine la altura de la cámara del cielo raso, el piso y otras áreas donde se pretende instalar los sistemas de distribución HVAC para permitir la instalación, inspección y mantenimiento.
-Ejes mecánicos. Permita el acceso necesario para la instalación del amortiguador (si es necesario), la inspección y el servicio. Las puertas de acceso deben tener el tamaño para cumplir con el código mínimo para los requisitos de servicio.
5.4 Planificación de los Servicios HVAC en una Instalación Existente
Si se va a reutilizar cualquier equipo existente de manejo de aire, enfriamiento o calefacción, el diseñador deberá evaluar la capacidad del equipo para determinar si cumplirá con los requisitos de esta norma para el espacio remodelado.
5.5 Planificación para el control de infecciones durante la remodelación
Cuando sea necesario, antes de comenzar las modificaciones o remodelaciones de los sistemas HVAC en una instalación existente, el propietario deberá realizar una evaluación de riesgos de control de infecciones (ICRA). El ICRA establecerá los procedimientos necesarios para minimizar la interrupción del funcionamiento de las instalaciones y la distribución de polvo, olores y partículas.
5.6 Planificación de los sistemas HVAC en funcionamiento durante la construcción
El propietario y el equipo de diseño determinarán si, y bajo qué condiciones, los sistemas HVAC permanentes se pueden usar para proporcionar calefacción, refrigeración y/o deshumidificación temporales, durante la construcción. Consulte la Sección 10.1.4.3(b).
6. Sistemas y equipos
Los sistemas de manejo y distribución de aire son necesarios para brindar a los establecimientos de atención médica no solo un ambiente cómodo, sino también ventilación para diluir y eliminar contaminantes, proporcionar aire acondicionado y ayudar a controlarla transmisión de infecciones transmitidas por el aire. Para cumplir con estos requisitos, los sistemas de tratamiento y distribución de aire deben diseñarse de acuerdo con los requisitos de esta norma.
6.1 Utilidades. 6.1.1 Ventilación en caso de pérdida de energía eléctrica. Los requisitos de relación de presión y ventilación de espacios de las Tablas 7-1, 8-1 y 9-1 se deben mantener para los siguientes espacios, incluso en caso de pérdida de energía eléctrica normal: a. Todas las habitaciones. b. Habitaciones de ambiente protector (PE) (solo para pacientes hospitalizados) c. Quirófanos (OR), incluidas las salas de parto (cesárea) (solo para pacientes hospitalizados y ambulatorios).
Excepción a 6.1.1: Cuando no se proporciona o no se requiere un sistema de energía esencial, no se requiere la operación de la ventilación del espacio y las relaciones de presión. Nota Informativa: Para mayor información ver NFPA 99 (2021) en el Apéndice Informativo E.
6.1.2 Fuentes de calefacción y refrigeración 6.1.2.1 Proporcionar fuentes de calor y accesorios esenciales en cantidad y disposición suficientes para satisfacer las necesidades de la instalación (capacidad de reserva), incluso cuando alguna de las fuentes de calor o accesorios esenciales no esté funcionando debido a una avería o mantenimiento de rutina. La capacidad de la fuente o fuentes restantes deberá ser suficiente para proporcionar agua caliente sanitaria, esterilización y fines dietéticos y para proporcionar calefacción para las áreas de operación, parto, trabajo de parto, recuperación, emergencia, cuidados intensivos, enfermería y atención de residentes y habitaciones para pacientes internados/residentes.
6.1.2 Fuentes de calefacción y refrigeración Se proporcionará en el sitio suficiente combustible para respaldar el plan de operación de la instalación del propietario en caso de pérdida del servicio de combustible.
Excepción a 6.1.2.1: No se requiere capacidad de reserva si la temperatura de bulbo seco de calentamiento ASHRAE al 99 % para la instalación es mayor o igual a 25 °F (–4 °C).6.1.2.2 Espacios de Atención de Salud para Pacientes Internos y Residenciales. Para los sistemas de enfriamiento central de más de 400 toneladas (1407 kW) de carga máxima de enfriamiento, la cantidad y la disposición de las fuentes de enfriamiento y los accesorios esenciales deben ser suficientes para respaldar el plan de operación de la instalación del propietario ante una falla o mantenimiento de rutina de cualquiera de las fuentes de enfriamiento.
6.2 Diseño de la unidad de tratamiento de aire (AHU). 6.2.1 Carcasa de UTA. La carcasa de la AHU debe estar diseñada para evitar la entrada de agua, resistir la corrosión y permitir el acceso para inspección y mantenimiento. Todas las superficies de corriente de aire de las AHU deben cumplir con la norma ASHRAE 62.1 1, sección 5.4.
6.3 Entradas de aire exterior y descargas de escape 6.3.1 Entradas de aire exterior 6.3.1.1 Generalidades: Las tomas de aire exterior para AHU se deben ubicar de tal manera que la distancia más corta desde la entrada hasta cualquier fuente potencial de contaminación exterior específica sea igual o mayor que la distancia de separación enumerada en la Tabla 6-1 y cumpla con todos los demás requisitos de esta sección. . Las nuevas instalaciones con riesgo de moderado a alto de incidentes extraordinarios naturales o provocados por el hombre deberán ubicar las tomas de aire lejos del acceso público.
6.3 Entradas de aire exterior y descargas de escape. 6.3.1 Entradas de aire exterior Todas las tomas deben estar diseñadas para evitar el arrastre de lluvia impulsada por el viento, deben contener elementos para drenar la precipitación y deben estar equipadas con una malla antipájaros de no menos de 0,5 pulgadas (13 mm). 6.3.1.1: 1. Para las unidades de techo compactas que funcionan con gas, la distancia de separación entre la entrada de aire exterior de la unidad y su chimenea puede ser inferior a 25 pies (8 m). La distancia de separación deberá ser mayor o igual a la distancia prescrita en la Norma ASHRAE 62.1 1, Tabla 5-1, “Distancia de separación mínima de entrada de aire”.
Excepción a 6.3.1.1: 2. Para conductos de ventilación de plomería que terminan con válvulas de admisión de aire tipo chimenea instaladas a menos de 3pies (1 m) por encima del nivel de la entrada de aire exterior, la distancia mínima de separación puede ser de 10 pies (3 m). Para ventilaciones de plomería que terminan con válvulas de admisión de aire tipo chimenea instaladas al menos 3 pies (1 m) por encima del nivel de la entrada de aire exterior, la distancia mínima de separación puede ser de 3 pies (1 m).
Excepción a 6.3.1.1: 3. Si lo permite la AHJ, con base en un análisis de ingeniería de reinducción, las distancias de separación pueden reducirse por debajo de los valores de la Tabla 6-1 para las torres de enfriamiento y las descargas de escape y ventilación, y se puede usar una ubicación alternativa. El análisis de reinstrucción presentado deberá demostrar que una salida de descarga de escape ubicada a una distancia menor que la requerida por la Tabla 6-1 proporciona una concentración más baja de reinstrucción que todas las áreas ubicadas a una distancia mayor que la requerida por la 6.3 Entradas de aire exterior y descargas de escape Excepción 6.3.1.1: (Nota informativa: por ejemplo, ubicado junto a una entrada de aire pero con el punto de descarga de escape por encima de la parte superior de la toma de aire.).
Excepción a 6.3.1.1: 6.3.1.2 Controles del sistema de tratamiento de aire. Proporcione sistemas y equipos de tratamiento de aire con controles manuales o automáticos para mantener el flujo de aire exterior mínimo del espacio requerido y los cambios de aire totales mínimos del espacio por hora en todas las condiciones de diseño, incluido.